Clientes y Proveedores acreedores de la empresa

Primera opción: ser proactivos y presentar Concurso de Acreedores Necesario

También, puede iniciar el procedimiento un acreedor a quien no se abona su crédito. Por consiguiente, debe cumplirse el siguiente requisito inexcusable: haberse despachado ejecución o apremio y que en su cobro se haya detectado la existencia de, entre otros, supuestos como

  • El alzamiento o la liquidación apresurada o ruinosa de sus bienes por el deudor.
  • Otro, el incumplimiento de obligaciones tributarias exigibles durante los tres meses anteriores a la solicitud de concurso, así como impago en las cuotas de la Seguridad Social, o de salarios e indemnizaciones derivadas de las relaciones de trabajo correspondientes a las tres últimas mensualidades.

Finalmente, podrían, además, solicitar el concurso, aquellas terceras personas que tengan interés legítimo y acrediten una situación de insolvencia, aunque no sean acreedores.

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Derecho a presentarse como acreedor del concurso
La situación de Concurso de un deudor trae consecuencias jurídicas tanto para él como para los Acreedores del mismo, ya que a partir de ese momento, la reclamación y cobro de lo adeudado se deberá realizar a través del Procedimiento Concursal, en el que LEXCONCURSOS es especialista.
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Cuando el Deudor ya ha presentado Concurso de Acreedores Voluntario

No hay que olvidar que el Concurso de Acreedores está pensado para dar transparencia al reparto de los bienes del deudor entre todos los Acreedores. Y aquí deberemos distinguir entre la llamada Masa Pasiva y los Créditos contra la Masa. Los Créditos contra la Masa se abonarán con carácter preferencial. Su característica es que están cercanos a la declaración del Concurso o se generan tras la declaración de éste. Es decir, se trata, principalmente, de los gastos del día a día.

Los créditos de la Masa Pasiva son los anteriores al Concurso. Precisamente, fueron estos los que dieron lugar a la declaración del Concurso. Son créditos en los que la participación de un Despacho de Abogados como LEXCONCURSOS se hace imprescindible. Principalmente, porque que si no se comunican en tiempo y forma, su cobro puede verse impedido.

En principio, todos los Acreedores quedarán integrados en la masa pasiva del deudor. Ahora bien es posible que algún acreedor no esté en la lista que redacta el propio deudor en su solicitud de Concurso. Esto puede deberse a varias razones: el crédito no está aún reconocido por el deudor, el acreedor no ha emitido las facturas correspondientes, etc…

Estar en la lista de acreedores del Concurso

Si el acreedor está en la lista y su crédito figura correctamente, podrá verificarlo a través de la comunicación que le hará el juzgado o de la lista que se publicará mediante edictos en el propio Tribunal. LEXCONCURSOS hace un seguimiento diario de estas listas a fin de que sus clientes no se queden fuera del Concurso.

Si el acreedor no está en esa lista, no tendrá más remedio que estar atento a las publicaciones en el BOE que el deudor está obligado a realizar una vez declarado el Concurso. LEXCONCURSOS cuenta con una lista actualizada de los Procedimientos Concursales en los que todavía se está a tiempo de presentar el crédito.

Autenticación

En cualquier caso, el acreedor deberá presentar un escrito indicando nombre, domicilio y demás datos de identidad. Así mismo, deberá presentar los relativos al crédito: su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. A este escrito se deberán acompañar los originales o copias autenticadas del título o de los documentos relativos al crédito. Es importante que esta redacción la realice un profesional especializado en la materia a fin de no caer de defectos de forma que retrasen el cobro.

Una vez presentados todos los escritos corresponderá a la Administración Concursal determinar la inclusión o exclusión en la lista de Acreedores de los créditos puestos de manifiesto en el procedimiento.

En caso de que se susciten reclamaciones por la no inclusión o inclusión parcial de un crédito, éstas se tramitarán mediante el llamado Incidente Concursal.

LEXCONCURSOS ofrece a sus clientes tanto la redacción de los escritos como la presentación del correspondiente Incidente Concursal en caso de desacuerdo sobre el contenido final del crédito y su cuantía.

Contratos pendientes de ejecución

La situación de Concurso de un deudor trae consecuencias jurídicas tanto para él como para los Acreedores del mismo, ya que a partir de ese momento, la reclamación y cobro de lo adeudado se deberá realizar a través del Procedimiento Concursal, en el que LEXCONCURSOS es especialista.

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¿QUIEN PUEDE BENEFICIARSE DEL CONCURSO DE ACREEDORES?

Personas físicas y jurídicas

Personas físicas en el concurso de acreedores

Personas físicas

En primer lugar, las personas físicas que trabajan por cuenta ajena o reciben algún tipo de prestación, ayuda o pensión, tienen derecho a acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad para salir de la Insolvencia.

EMPIEZA DE CERO
autónomos en el concurso de acreedores

Autónomos y Emprendedores

Ya que las personas físicas que ejercen o han ejercido algún tipo de actividad empresarial, bien como autónomos, bien cómo empresarios y esta actividad ha derivado o derivará en un futuro en deudas pueden acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. 

EMPIEZA DE CERO
administradores en el concurso de acreedores

Administradores de Sociedades

Los administradores y apoderados de las sociedades (personas jurídicas) pueden tener derivaciones  de la deuda de la persona jurídica por dos vías: la responsabilidad derivada de la inactividad de la sociedad (no hacer nada) o la calificación fortuita de un concurso de acreedores.

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consejeros concurso de acreedores

Empresarios y Consejeros

En primer lugar los miembros del consejo de administración, consejeros y auditores deben ser conscientes del plazo legal que estipula la Ley concursal para iniciar el Concurso de Acreedores. Además, hay supuestos en los que la Junta General de Socios puede tener esa responsabilidad. Asesórate. 

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los socios en el concurso de acreedores

Socios y Accionistas

Los socios o accionistas pueden incurrir en causa de presunción de culpabilidad del concurso ante una negativa o frustración de un acuerdo de refinanciación o un acuerdo extrajudicial de pagos. Asesórate. 

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proveedores en el concurso de acreedores

Clientes y Proveedores

Puede que los acreedores a quienes no se les abona su crédito inicien el procedimiento (Concurso de Acreedores Necesario) si detectan alzamiento o liquidación apresurada de sus bienes. Igualmente si son conscientes del incumplimiento de las obligaciones con las administraciones públicas.

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Saber más acerca de quien puede acogerse

 

Etapas de un concurso de Acreedores

Efectos y ConsecuenciasDeclaración del ConcursoLos AcreedoresFasesConcurso necesario

Efectos, Consecuencia y Defensa de Intereses

La regulación legal española de esta materia se encuentra en la Ley 22/2003 del 9 de julio, Concursal, modificada por el Real Decreto Ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica.

El Concurso de Acreedores tiene como objetivo la protección de los diferentes derechos en juego derivados de una situación de crisis. Y los derechos en juego son, primero los de los Acreedores y, después, los de los Administradores de las empresas.

Los primeros, de hecho, pueden llegar a tener que presentar, a su vez, su propio Concurso de Acreedores si al final del procedimiento no ven saldadas sus deudas.

Por eso, es importante: prever, planificar, monitorizar y estar permanentemente asesorado a fin de no dejar caer nuestros derechos o no vernos envueltos en problemas legales derivados de un Concurso de Acreedores.

LEXCONCURSOS ofrece a sus clientes un servicio basado en dirección y coordinación de los procesos concursales a fin de que concursados y acreedores no se vean perturbados por las decisiones tomadas en otras empresas y puedan sentirse tranquilos sabiendo que sus derechos están convenientemente defendidos.

Solicitud de Declaración de Concurso

LEXCONCURSOS ofrece a todos sus clientes una amplia gama de servicios encaminados a limitar jurídicamente las consecuencias perniciosas que la presentación de un Concurso de Acreedores puede causar tanto a las empresas como a sus Directivos.

LEXCONCURSOS pone a su servicio:

  • Asesoramiento sobre la viabiliad-necesidad del Concurso.
  • Negociación previa con Acreedores.
  • Preparación del Escrito de Solicitud del Concurso Voluntario.
  • Defensa Letrada en todas las Secciones del Concurso.
  • Extender la defensa Letrada a miembros del Consejo de Administración, Administradores y Directivos.

Defensa de Derechos de Crédito de Acreedores

LEXCONCURSOS, a través de su red de abogados en toda España, pone al servicio de los Acreedores de un Procedimiento Concursal la posibilidad de dejar todo el asunto en manos de abogados expertos en Derecho Concursal y Reclamación de Deudas a fin de evitar las preocupaciones propias en la reclamación de Créditos.

Fase del Concurso de Acreedores

Las fases del concurso se describen en el artículo 183 de la Ley Concursal. Divide el procedimiento en seis SECCIONES:

  • PRIMERA.- Lo relativo a la declaración de concurso, a las medidas cautelares, a la resolución final de la fase común, a la conclusión y, en su caso, a la reapertura del concurso.
  • SEGUNDA.- Lo relativo a la administración concursal del concurso, al nombramiento y al estatuto de los administradores concursales, a la determinación de sus facultades y a su ejercicio, a la rendición de cuentas y, en su caso, a la responsabilidad de los administradores concursales.
  • TERCERA.- Lo relativo a la determinación de la masa activa, a la sustanciación, decisión y ejecución de las acciones de reintegración y de reducción, a la realización de los bienes y derechos que integran la masa activa, al pago de los acreedores y a las deudas de la masa.
  • CUARTA.- Lo relativo a la determinación de la masa pasiva, a la comunicación, reconocimiento, graduación y clasificación de créditos. En esta sección se incluirán también, en pieza separada los juicios declarativos contra el deudor que se hubieran acumulado al Concurso de Acreedores y las ejecuciones que se inicien o reanuden contra el concursado.
  • QUINTA.- Lo relativo al convenio o, en su caso, a la liquidación.
  • SEXTA.- Lo relativo a la calificación del concurso y a sus efectos.

Fases del Concurso de Acreedores

En la práctica, aplicando un criterio cronológico, existen cuatro fases:

  1. Actos previos.- Hasta el auto de admisión a trámite.
  2. Fase común.- Desde el auto de admisión a trámite hasta el informe concursal.
  3. Fase de resolución.- Convenio para continuar la actividad o liquidación.
  4. Determinación de la responsabilidad.

Puede haber una reapertura que nos devuelve a la Fase 3 (de resolución).

Concurso necesario

Las situaciones de insolvencia o de desbalance en las empresas están aumentando de manera vertiginosa debido a la crisis que sufrimos.

Pensemos en la insolvencia de una empresa como Martinsa-Fadesa. Esta insolvencia no provoca sólo su declaración de Concurso, sino que afecta directamente a las empresas que trabajaban para ésta. Es decir, las cuales se encuentran ahora en situación de insolvencia, lo que terminará en Concurso de Acreedores.

LEXCONCURSOS aconseja siempre a sus clientes que prevean estas situaciones de insolvencia a fin de presentar el Concurso de Acreedores Voluntario en tiempo y forma. Pero, a veces, estas recomendaciones llegan tarde y la empresa con problemas económicos está ya incursa en un Procedimiento Concursal y se enfrentará ante un Concurso de Acreedores Necesario. Esto tendrá tramitaciones y efectos más graves que el Voluntario.

El Concurso Necesario se inicia por solicitud de algún acreedor. Aunque el juez puede declarar Necesario un Concurso inicialmente Voluntario si se dan ciertas circunstancias. A dicha solicitud deberá acompañar documento acreditativo del crédito, así como su origen, naturaleza, importe, fechas de adquisición y vencimiento y situación.

La primera consecuencia, si se llega a esta situación, es la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor.

Requisitos para la presentación de Concurso necesario

Para presentar la solicitud de Concurso Necesario, el acreedor deberá fundarla en el título por el cual se haya despachado ejecución o apremio sin que del embargo resultasen bienes libres bastantes para el pago, o bien en la existencia de alguno de los siguientes hechos:

1º El sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor.2º La existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera general al patrimonio del deudor.

3º El alzamiento o la liquidación apresurada o ruinosa de sus bienes por el deudor.

4º El incumplimiento generalizado de obligaciones de alguna de las clases de pago siguientes:

  • Obligaciones tributarias exigibles durante los tres meses anteriores a la solicitud de Concurso.
  • Cuotas de la Seguridad Social, y demás conceptos de recaudación conjunta durante el mismo período.
  • Salarios e indemnizaciones y demás retribuciones derivadas de las relaciones de trabajo correspondientes a las tres últimas mensualidades.

LEXCONCURSOS dispone de profesionales que manejan información pertinente de las empresas que se encuentran en algunas de estas situaciones y que pueden fundamentar en nombre de un Acreedor la presentación de una solicitud de Concurso Necesario.

Asimismo, en LEXCONCURSOS ofrecemos servicios encaminados a la protección jurídica del empresario que está inmerso en una situación de Concurso Necesario, a fin de minimizar las consecuencias jurídicas de esta situación y de encauzar la situación a la normalidad mediante la firma de un Convenio con los Acreedores que minimice sus responsabilidades.